Es un servicio que ofrece el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL) para apoyar la negociación colectiva que se usa por primera vez en Almería.
La sede provincial del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía, el SERCLA, ha acogido hoy por primera vez en Almería una sesión de negociación de un convenio colectivo -el del sector de comercio textil, en este caso- en el que se ha recurrido al servicio de presidencia de la comisión negociadora del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL).
Este servicio que ofrece el CARL está incluido en su plan de apoyo a la negociación colectiva y se ha materializado en la presidencia del comisión negociadora del convenio del sector del comercio textil de Almería por parte de María del Mar Ruiz Castillo, profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad de Almería.
La primera reunión de la comisión negociadora del convenio presidida por Ruiz Castillo ha tenido lugar esta mañana y es fruto del acuerdo alcanzado a finales de septiembre durante una sesión de mediación del SERCLA previa a la huelga convocada por los sindicatos. La labor de la presidenta será mediar durante las negociaciones entre las partes.
En la reunión de hoy, a la que han asistido representantes de la Asociación de Emrpresarios del Comercio Textil de Asempal, UGT y CCOO, se ha establecido un calendario de reuniones para avanzar en la negociación de este convenio colectivo que afecta a 300 empresas y 1.000 trabajadores y trabajadoras en la provincia de Almería. Entre las materias que se tratarán están los pluses de transporte, compensación o incentivos y asistencia, así como los incrementos salariales para los próximos años.
El acuerdo que se alcanzó en septiembre, tras cuatro sesiones del SERCLA, permitió la desconvocatoria de la huelga e incluía, entre otras cuestiones, el incremento salarial de los años 2017 y 2018 (para el primero se mantienían las tablas de 2016 y para el segundo se pactó un incremento del 2%). También se indicaba que las cantidades pagadas a cuenta durante los ejercicios 2017 y 2018 no podrán detraerse en las siguientes nóminas.
En virtud del acuerdo, se daba una nueva redacción al artículo 13.b) del convenio colectivo del sector relativa a los días de asuntos propios, que se fijan en seis, incluyendo la necesidad de atender a hijos menores de 16 años en caso de enfermedad, con el correspondiente justificante médico.
Además, se prorrogaba el plazo de ultraactividad del convenio colectivo durante 6 meses a contar desde el 12 de octubre de 2018, período para el que se pactó una cláusula de paz social por la cual la parte social se comprometía a no convocar huelgas ni manifestaciones en el sector.
El SERCLA es una herramienta útil y eficiente que, basada en la autonomía de las partes, ayuda a resolver los conflictos surgidos entre empresas y trabajadores o sindicatos a través del diálogo, el acuerdo y la participación. Está compuesto por miembros designados directamente por CEA, UGT-A y CCOO-A, las organizaciones sindicales y empresariales que firmaron, en abril de 1999, el acuerdo de constitución del sistema.